En el BOE del 26 de junio de 2020 se publicó la Orden HAC/566/2020, de 12 de junio, por la que se modifica la Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.
La orden modifica la disposición transitoria primera de la Orden HAC/998/2019 en relación al período durante el cual es posible presentar los asientos contables del 2020:
1.- Los establecimientos obligados a la llevanza de la contabilidad a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán realizar el suministro de los asientos contables correspondientes al año 2020 durante el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2020 y el 15 de enero de 2021.
Orden HAC/566/2020, de 12 de junio
Como ya establecía la orden original, los obligados que se acojan a este período deben continuar presentado los modelos de operaciones (553, 558, 557, etc.) y libros de Impuestos Especiales de la forma habitual.
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